Resolución-43-1986-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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RESOLUCION N° 43/86 SAGyP

Buenos Aires, 23 de enero de 1986

VISTO el expediente Nº 3846/85, atento lo propuesto por la Comisión Nacional de la Fruticultura y lo informado por la Dirección Nacional de Fiscalización y Comercialización Agrícola, y

CONSIDERANDO:

Que a efectos de facilitar la expansión de nuestras exportaciones de frutas frescas es necesario complementar la calidad del producto con una adecuada publicidad del mismo.

Que para tales fines resulta conveniente ajustar las características de los rótulos identificatorios de la mercadería a las modalidades imperantes en el mercado internacional frutícola.

Que la medida propuesta en nada altera la correcta identificación del grado de selección de las partidas que se comercialicen.

Que en virtud de la facultad conferida a esa Secretaría por el Artículo 1º del Decreto-Ley 9.244 del 10 de octubre de 1963, cabe acordar la anuencia pertinente.

Por ello,

EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

RESUELVE:

ARTICULO 1º - Déjase sin efecto la obligatoriedad del uso del color de fondo en rótulos, identificatorio del grado de selección de partidas de frutas frescas que establece el Apartado 22:I)-a) y II)-a del reglamento aprobado por la Resolución Nº 554 del 26 de octubre de 1983.

ARTICULO 2º - Déjase sin efecto el requisito establecido por el Apartado 25 del citado reglamento, respecto al color de la impresión de las leyendas reglamentarias y del recuadro que las enmarque, en cajas de cartón de frutas frescas, como asimismo, lo referente a la coloración del cartón corrugado constitutivo de dichos envases.

ARTICULO 3º - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

RESOLUCION Nº43

LUCIO G. RECA
Secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca