Resolución-381-2015-SENASA - Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria

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MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución 381/2015


Bs. As., 19/08/2015

VISTO el Expediente N° S05:0024170/2015 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Resolución N° 320 del 17 de julio de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 320 del 17 de julio de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, se convocó al Proceso de Selección para la cobertura de los cargos simples de la Dirección Nacional de Protección Vegetal de este Servicio Nacional, que se indicaran en su Anexo I.

Que se ha incurrido en un error material involuntario al asignar la Categoría y el Agrupamiento del Registro de Oferta de Empleo N° 1074.

Que, en tal sentido, procede rectificar el Anexo I de la citada Resolución SENASA N° 320/15, en lo referente a dicho registro, consignando correctamente su Categoría y Agrupamiento.

Que de conformidad con lo estipulado en el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1.759/72 (T.O. 1991), la presente rectificación es procedente por cuanto la enmienda no altera lo sustancial del acto.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia, no encontrando reparos de orden legal que formular.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en los Artículos 8°, inciso h) y 9°, inciso a) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Rectifícase el Anexo I de la Resolución Nº 320 del 17 de julio de 2015 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, en lo referente al Registro de Oferta de Empleo N° 1074 al que se le debe asignar el Agrupamiento Administrativo - Categoría Técnico.

ARTÍCULO 2° — Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Méd. Vet. LUIS ANGEL CARNE, Vicepresidente, Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.