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La resolución 466
¡Hola! Este es un canal más de comunicación que inauguramos con el fin de estar más cerca, de explicar nuestras acciones, de responder tus consultas e inquietudes… En esta oportunidad entonces quiero realizar algunos comentarios acerca de la resolución 466, firmada por Jorge Amaya el pasado 9 de junio del presente año.
Esta resolución aprobó el Programa de reordenamiento normativo del Senasa y el instructivo sobre los procedimientos para elaborar nuevas propuestas regulatorias. Dicho así parece muy complicado y hasta puede parecerte banal; sin embargo, hemos depositado muchas expectativas en su implementación y voy a tratar de explicarte el porqué es uno de nuestros ejes institucionales.
Pensamos que será de suma importancia para todos, pertenezcas al personal del Senasa o seas alguno de nuestros clientes o ciudadano. ¡Todos sabemos lo arduo que es conocer la totalidad de nuestra normativa, entenderla y aplicarla! Precisamente, la finalidad de la 466 es mejorar la calidad, la eficacia y la simplicidad de los actos normativos del Senasa.
El Programa de reordenamiento normativo plantea dos objetivos. Por un lado, unificar, adecuar, actualizar y armonizar el actual marco normativo dentro del cual el Senasa actúa como organismo de aplicación. Por el otro, busca rediseñar el actual Código de Normas del Servicio con el fin de organizar y facilitar el acceso a la normativa vigente sobre las base de estándares, registros y procedimientos previamente establecidos.
La ejecución del Programa cuenta con el apoyo de un convenio de cooperación con la Comunidad Europea y del componente de Modernización de la gestión institucional del préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
Asimismo, existe en esta norma un instructivo al que deben ajustarse todas las dependencias del Servicio para desarrollar nuevas normas. Entre los elementos establecidos podemos señalar: la clara identificación de la actividad que necesita ser regulada o de la norma a ser actualizada; los antecedentes nacionales e internacionales sobre el tema; la justificación técnica y económica de la metodología propuesta para regular la actividad; el resultado de la consulta a los organismos, entidades, sectores, comisiones y grupos de trabajo involucrados con la temática contenida en la propuesta y un plan acerca de cómo implementar la medida.
Por supuesto, la resolución mantiene los elementos que hacen al texto en sí mismo, aclarando que éste debe redactarse en forma consistente, comprensible y accesible para los destinatarios de la regulación.
Para concluir, quiero destacar que la principal forma de acción del Senasa es la de policía sanitaria, por lo que la modernización de nuestro paquete normativo, su simplificación, su transparencia y acceso, así como su comprensión, son fundamentales para que nuestro accionar sea eficiente y esté a la altura de las necesidades de nuestro país. Hasta la próxima.
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| Notas Recientes | |
• La resolución 466
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Diana María Guillén
Ingeniera agrónoma de la Universidad Nacional de La Plata, de donde egresó en 1973 para desempeñarse durante diez años como docente e investigadora en la cátedra de Fisiología Vegetal y Fitogeografía. Posteriormente, fue directora de Sanidad Vegetal del Ministerio de Asuntos Agrarios de la Provincia de Buenos Aires. En 1989 es designada directora nacional de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca (Sagpya). Desde 1992 hasta enero de 2008 se desempeñó como directora nacional de Protección Vegetal. Actualmente ocupa el cargo de gerente general del Senasa, posición para la cual fue designada por resolución Senasa 116 del 27 de febrero de 2008. Durante sus años de actividad profesional en el Estado nacional ha sido representante técnica de la Argentina en foros multilaterales. Cabe mencionar, el Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC), la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria, la Comisión de Sanidad Vegetal del Mercosur, el Comité Directivo del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur (Cosave).
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